Seguimos con
el tema 8 del temario oposición policía nacional, viendo en
esta ocasión las Escalas y Categoría. Funciones de las Distintas Escalas.
Sistemas de Acceso al Cuerpo Nacional de Policía. . Suscríbete a la Guía de Formación Online
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4. ESCALAS Y
CATEGORÍAS
4.1
Estructura jerárquica y promoción interna
1) Escala
Superior, con dos categorías:
1ª categoría: Comisario
principal (Antigüedad selectiva)
2ª categoría: Comisario
(Concurso oposición/Antigüedad selectiva)
2) Escala ejecutiva,
con dos categorías:
1ª categoría: Inspector
Jefe (Concurso oposición/Antigüedad selectiva)
2ª categoría: Inspector
(Concurso oposición/Antigüedad selectiva)
3) Escala de
subinspección, con una sola categoría:
- Subinspector (Concurso
oposición/Antigüedad selectiva)
4) Escala básica,
con dos categorías:
1ª categoría: Oficial
de Policía (Concurso oposición)
2ª categoría: Policía
Para el acceso a las Escalas anteriores, es
condición imprescindible estar en posesión de los títulos de los Grupos A, B, C
y D, respectivamente, y la superación de los cursos correspondientes en el
Centro de Formación.
Asimismo existirán las plazas de Facultativos y
Técnicos, con títulos de los Grupos A y B, respectivamente, que sean necesarios
para la cobertura de la función policial.
Es en la Ley 30/84 donde se establecen los Grupos a
los que se refieren los párrafos anteriores, pero en el Estatuto Básico del
Empleado Público (EBEP) –aprobado por la Ley 7/2007- se menciona una nueva
clasificación. La Ley 2/2008, a efectos económicos, ha establecido las equivalencias siguientes
entre ambos sistemas de clasificación:
. Grupo A
(Ley 30/1984) – Subgrupo A1 (Ley
7/2007)
. Grupo B
(Ley 30/1984) – Subgrupo A2 (Ley
7/2007)
. Grupo C
(Ley 30/1984) – Subgrupo C1 (Ley
7/2007)
. Grupo D
(Ley 30/1984) – Subgrupo C2 (Ley
7/2007)
4.2
FUNCIONES DE LAS DISTINTAS ESCALAS
Tal y como refleja el Real Decreto 1484/1997, con
carácter general corresponderá a cada Escala del Cuerpo Nacional de Policía las
siguientes responsabilidades:
-
A la Escala Superior,
la dirección, coordinación y supervisión de las Unidades y los Servicios
policiales.
-
A la Escala Ejecutiva,
la actividad investigadora y de información policial y la responsabilidad
inmediata en la ejecución de los servicios.
-
A la Escala de Subinspección,
la responsabilidad de los subgrupos dentro de las Unidades de Seguridad
Ciudadana, información e investigación.
-
A la Escala Básica, la
realización de las funciones de prevención, vigilancia, mantenimiento de la
seguridad ciudadana en general y las actividades que se le encomienden en
materia de investigación e información cuando preste servicios en Unidades de
este carácter.
-
Al personal facultativo y técnico se
le asignarán funciones de apoyo o de dirección o ejecución de actividades
instrumentales especializadas.
5. SISTEMAS
DE ACCESO AL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
-
Acceso a la categoría de Policía (Escala
Básica): Exclusivamente por oposición libre.
-
Acceso a la categoría de Inspector (Escala
Ejecutiva): Oposición libre (1/3 de las vacantes) y promoción interna (2/3
vacantes).
Una vez superada con éxito la fase de formación, el
aspirante es nombrado funcionario de carrera del Cuerpo Nacional de Policía.
El régimen estatutario del Cuerpo Nacional de
Policía se ajustará a las previsiones de la Ley Orgánica 2 /86, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad y a las disposiciones que la desarrollen, teniendo como derecho supletorio la legislación
vigente que se refiera a los funcionarios de la Administración Civil del
Estado.
La jubilación
forzosa tendrá lugar cuando el funcionario cumpla 65 años.
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